La guía para el acuerdo de integración y el módulo 1: ¿a quién afecta, qué se debe hacer? (Parte 1 de 2)

La guía para el acuerdo de integración y el módulo 1: ¿a quién afecta, qué se debe hacer? (Parte 1 de 2)

El acuerdo de integración (en resumen: IV) es parte de la ley de extranjería en Austria y está destinado a la integración legal en el territorio federal para nacionales de terceros países establecidos - para inmigrantes

¿Qué es el acuerdo de integración?

El acuerdo de integración (en resumen: IV) es parte de la ley de extranjería en Austria y está destinado a la integración legal en el territorio federal para nacionales de terceros países establecidos, para inmigrantes. Entonces, para las personas que no son ciudadanos de la UE ni de otros ciudadanos del EEE ni suizos.

El objetivo de este acuerdo de integración es, en resumen, la posibilidad de participar en la vida social, económica y cultural de Austria.


El acuerdo de integración está regulado en la Ley de Integración (IntG) y queda así:

“El acuerdo de integración sirve para integrar a los nacionales de terceros países que están legalmente establecidos en Austria y tiene como objetivo permitirles participar en la vida social, económica y cultural en Austria. En virtud de este acuerdo, los nacionales de terceros países están obligados a adquirir conocimientos de la lengua alemana y del sistema democrático y de los principios básicos que pueden derivarse de él”.





Los nacionales de terceros países se comprometen a adquirir conocimientos especiales en un plazo de 24 meses desde la recepción de su permiso de residencia.

¿Qué se debe cumplir en el acuerdo de integración?

Los nacionales de terceros países se comprometen al conocimiento obteniendo su permiso de residencia en un plazo de 24 meses

- el idioma aleman,
- el orden democrático y
- adquirir los valores derivados del orden jurídico y social.

¿Quién es el responsable de tramitar el acuerdo de integración?


El Fondo Austriaco de Integración es el encargado de tramitar el acuerdo de integración.

Sus tareas son:
• la certificación de los proveedores de cursos para realizar cursos de integración
• aseguramiento de la calidad (observación de cursos y evaluación de pruebas de integración)
• la provisión y el procesamiento de las pruebas de integración en los niveles A2 (= módulo 1) y B1 (= módulo 2) así como
• la liquidación del bono federal azul.




El IntVerse aplica a los nacionales de terceros países a los que se les concedió un permiso de residencia por primera vez después del 1 de octubre de 2017.

¿A quién afecta exactamente el acuerdo de integración?

Los siguientes nacionales de terceros países están obligados a cumplir el Módulo 1 cuando se les concede un permiso de residencia por primera vez:

• "Tarjeta Roja-Blanca-Roja" cumplida ex lege
• "Rojo-Blanco-Rojo – Tarjeta Plus"
• "Permiso de Establecimiento"
• "Permiso de establecimiento - excepto trabajo remunerado"
• "Permiso de Establecimiento – Dependiente"
• "Miembros de la familia"
• "Permiso de Establecimiento - Artista"
• “Permiso de Establecimiento – Casos Especiales de Trabajo por Cuenta Ajena”

El acuerdo de integración se aplica a los nacionales de terceros países a los que se les concedió un permiso de residencia por primera vez después del 1 de octubre de 2017. Como consecuencia de esta firma y desde que se expide por primera vez la autorización de residencia, estos nacionales de terceros países se encuentran en el Módulo I.


Hay algunos grupos de personas que están exentos de completar el Módulo 1 de IntVer.

¿Quién está exento de cumplir el módulo 1 del acuerdo de integración?

Hay algunos grupos de personas que se consideran excepciones y, por lo tanto, no tienen ninguna obligación de cumplir con el Módulo 1:

1. Menores de edad (es decir, personas menores de 14 años) que seguirán siendo menores de edad al final del período de la obligación de cumplir,

2. Las personas que por su estado de salud psíquico o físico no sea previsible que las cumplan (esto deberá acreditarse mediante informe médico oficial) así como

3. Personas que confirmen por escrito que no estarán en Austria por más de 24 meses dentro de un período de tres años (esto incluye la renuncia irrevocable de presentar una solicitud de prórroga después de la solicitud inicial de prórroga).

Si no está seguro de si una excepción se aplica a usted o no, no dude en ponerse en contacto conmigo.


Para los detalles del Módulo 1 del acuerdo de integración "Profundización en el uso elemental del lenguaje"


El Módulo I es el primero de dos módulos que se complementan entre sí y sirve para adquirir conocimientos de la lengua alemana en el nivel de lengua A2 de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y para transmitir los valores fundamentales del derecho y orden social.

Pero cuidado: el conocimiento básico de alemán "para el uso del idioma elemental" (en el nivel A1) ya se requiere antes de la inmigración y no solo debe adquirirse en el período del "Módulo 1". Dicha evidencia puede tener más de un año cuando se presenta la primera solicitud.

La obligación de cumplir comienza con la primera expedición del título de residencia y debe cumplirse en el plazo de dos años (“Módulo 1 del convenio de integración”).

Una extensión de la fecha límite para completar el módulo es posible bajo ciertas condiciones

¿Se puede ampliar el plazo para completar el módulo 1 del acuerdo de integración?

Sí, una extensión es posible bajo ciertas condiciones. Este plazo puede ampliarse hasta 12 meses si se tienen en cuenta las circunstancias personales.


El módulo 1 se puede cumplir de diferentes maneras.

¿De qué manera se puede cumplir el módulo 1 del acuerdo de integración?

1. Con un certificado para la prueba de integración (al menos nivel de idioma A2) del Fondo de Integración de Austria (ÖIF),

2. mediante prueba de haber superado con éxito la prueba de integración (al menos nivel de idioma A2) del "Verein Österreichisches Sprachdiplom Deutsch" (ÖSD); pero solo hasta el 30 de mayo de 2021,

3. Un certificado de finalización de estudios que corresponda a un título general de ingreso a la universidad en el sentido de la Sección 64 (1) de la Ley de Universidades de 2002 o un título de una escuela secundaria vocacional; pero también solo hasta el 30 de mayo de 2021,

4. mediante la expedición de un título de residencia "Tarjeta Roja-Blanca-Roja" de conformidad con el artículo 41 de la Ley de Establecimiento y Residencia,

5. ejerciendo una actividad artística en uno de los campos del arte mencionados en el § 2 párrafo 1 Z 1 a 3 de la Ley de Promoción del Arte como titular de un permiso de residencia "Permiso de Establecimiento - Artista" según el § 43a NAG o simplemente

6. completando el Módulo 2.


Las personas que recibieron un permiso de residencia antes del 1 de octubre de 2017 deben cumplir con el Mod 1 del IntVer a más tardar el 30 de septiembre de 2020.

Qué disposiciones transitorias se aplican al módulo 1 del acuerdo de integración?

Como ya se ha explicado anteriormente, el acuerdo de integración se aplica a las personas a las que se les ha concedido un permiso de residencia desde el 1 de octubre de 2017.

Las personas que recibieron un permiso de residencia antes del 1 de octubre de 2017 (es decir, según el antiguo sistema del acuerdo de integración de 2011) también están obligadas a cumplir el módulo 1 del acuerdo de integración, pero debido a la disposición transitoria tienen hasta el 30 de septiembre de 2020 en lo último completa el Módulo 1.

Después del 30 de septiembre de 2020, solo se aplicará el acuerdo de integración actualmente vigente.


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Esperamos que este resumen le haya dado una visión general de la situación legal existente.

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